Hasta el 31 de diciembre se podrá cancelar el impuesto de inmueble

Hasta el 31 de diciembre se podrá cancelar el impuesto de inmueble

person access_timeDec 26, 2017 show_chart1400 Vistas chatComentarios

Desde el pasado 18 de octubre, hasta este próximo 31 de diciembre, se podrá efectuar sin recargo el pago de impuestos de inmueble. El pago se realiza a la Dirección General de Ingresos (DGI).

Cabe destacar, que los contribuyentes pueden cancelar todo, o también por partes, siempre y cuando la totalidad se cancele hasta el 31 de diciembre de este año en curso.

Por otro lado se declarará prescrito de oficio el saldo a aquellas personas  que tengan más de 10 años sin cancelar, todo ello según loe estipula el articulo del Código Fiscal número 791.

A traes de la página web dgi.mef.gob.pa  es una manera de hacer la solicitud moratoria. También puede dirigirse directamente a las Administraciones Provinciales de Ingresos.

 



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